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Tipos de caso y contacto covid-19

08/02/2021
Tipos de caso y contacto covid-19

A continuación, te invitamos a revisar las definiciones que ha establecido el Ministerio de Salud (Minsal) sobre los distintos tipos de casos de Covid-19: confirmado, estrecho, probable y otros contactos de COVID-19.

CASO CONFIRMADO (Ord.B51/Nº536, de 4 de febrero del año 2021, Ministerio de Salud, Subsecretaría de Salud Pública)

A: Persona, viva o fallecida, con una prueba RT-PCR para SARS CoV-2 positiva.

B: Persona que cumple con la definición de caso sospechoso y que presenta una prueba rápida de antígenos para SARS-CoV-2 positiva, tomado por orden de la autoridad sanitaria o en un centro de salud autorizado.

CASO CONFIRMADO O PROBABLE DE COVID – 19 SIN INMUNOSUPRESIÓN (Ord. B51/Nº537, de 4 de febrero del año 2021, Ministerio de Salud, Subsecretaría de Salud Pública).

a) Caso que no requiere hospitalización, manejado en domicilio o residencia sanitaria: El aislamiento termina cuando el paciente lleva al menos 3 días sin fiebre y hay una mejoría clínica de otros síntomas. Además, deben transcurrir 11 días desde la aparición de los síntomas.

b) Caso que requirió de hospitalización por COVID-19: El aislamiento termina cuando el paciente completa al menos 3 días sin fiebre y hay una mejoría clínica de los síntomas. Además, deben transcurrir 14 días después de la aparición de los síntomas.

CASO CONFIRMADO O PROBABLE DE COVID – 19 CON INMUNOSUPRESIÓN (Ord. B51/Nº537, de 4 de febrero del año 2021, Ministerio de Salud, Subsecretaría de Salud Pública).

En estos casos se incluye a las personas con las siguientes características:

  • Trasplantados
  • Sometidos a tratamiento prolongado con corticoides u otro medicamento inmunomodulador o quimioterapia por el cánce
  • VIH positivos y con recuento de CD4 bajo 200 cel/mm3 o sin terapia antirretroviral
  • Pacientes con una inmunodeficiencia o cualquier otro cuadro que el médico tratante determine que compromete la respuesta inmune del organismo en forma importante
  • Independiente de la gravedad del cuadro de COVID-19, el aislamiento termina cuando el paciente completa al menos 3 días afebril, presenta una mejoría clínica de los síntomas y han transcurrido al menos 21 días después de la aparición de los síntomas. En el caso de ser asintomático el aislamiento termina transcurridos 21 días después de la toma de muestra.

CASO CONFIRMADO ASINTOMÁTICO DE COVID 19 (Ord. B51/Nº537, de 4 de febrero del año 2021, Ministerio de Salud, Subsecretaría de Salud Pública).

La persona que tiene una prueba de RT-PCR positiva para SARS-CoV-2 y no desarrolló síntomas durante el seguimiento, debe guardar aislamiento hasta el día 11 desde la toma de muestra que identificó SARS-CoV-2.

¿CORRESPONDE LICENCIA MÉDICA?

Sí. El médico tratante deberá emitir una licencia médica por 11 días, con código CIE10 U0.1 (casos confirmados por Coronavirus), la que puede ser extendida remotamente en el caso de la licencia médica electrónica, es decir, sin la presencia del trabajador. Si el médico tratante considera necesario prolongar el reposo, de acuerdo con la condición clínica del paciente, podrá emitir una nueva licencia, utilizando el mismo código CIE10 (U07.1) sin superar el límite máximo de 14 días para cada una de estas licencias.

¿CORRESPONDE AISLAMIENTO?

Sí, de acuerdo con los siguientes criterios:

a.- Si el paciente presenta síntomas, la cuarentena será por 11 días desde el inicio de los síntomas.

b.- Si el paciente no presenta síntomas, la cuarentena será por 11 días desde el diagnóstico por test PCR.

CONTACTO ESTRECHO(Ord.B51/Nº536, de 4 de febrero del año 2021, Ministerio de Salud, Subsecretaría de Salud Pública).

A: Toda persona que haya estado expuesta a un caso confirmado o probable, desde los 2 días antes y hasta 11 días después del inicio de síntomas del caso.

B: Persona que haya estado en contacto con un caso confirmado asintomático, entre 2 días antes y 11 días después de la toma de muestra.

Para ser considerado “contacto estrecho”, en ambas situaciones (A o B), se deben cumplir al menos una de las siguientes exposiciones:

  1. Contacto cara a cara a menos de un metro de distancia y durante al menos 15 minutos, o contacto físico directo, sin el uso correcto de mascarilla
  2. Compartir un espacio cerrado por 2 horas o más, en lugares tales como oficinas, centros de trabajos, colegios, entre otros, sin el uso correcto de mascarilla
  3. Vivir o pernoctar en el mismo hogar o recintos similares, tales como hostales, internados, instituciones cerradas, hogares de ancianos, hoteles, residencias, viviendas colectivas y recintos de trabajo, entre otros
  4. Traslado en cualquier medio de transporte cerrado a una proximidad menor de un metro, por 2 horas o más, sin el uso correcto de mascarilla
  5. Brindar atención directa a un caso probable o confirmado, por un trabajador de la salud sin los elementos de protección personal recomendados: mascarilla de tipo quirúrgico y, si se realiza un procedimiento generador de aerosoles, respirador N95 o equivalente, y antiparras

¿CORRESPONDE LICENCIA MÉDICA?

Sí, corresponderá la emisión de una licencia médica para los contactos estrechos, determinados única y exclusivamente por la SEREMI de Salud de su región, por un máximo de 11 días, la cual podrá ser emitida remotamente, de tratarse de una licencia médica electrónica según las siguientes especificaciones:

Los contactos estrechos de casos confirmados o probables de COVID-19 que se encuentren asintomáticos deberán cumplir cuarentena por 11 días, considerando como día 1 el último de contacto con el caso positivo.

Todos los contactos estrechos deben mantener automonitoreo de síntomas (control de temperatura dos veces al día, control diario de síntomas y medidas de autocuidado) y seguimiento epidemiológico por la Atención Primaria de Salud o la SEREMI de Salud de su región hasta completar 14 días desde el último contacto con el caso.

Los códigos a registrar en estas licencias, deberán ser Z29.0 (aislamiento) o Z20.8 (contacto con o sin exposición a otras enfermedades transmisibles), definidas en la clasificación internacional de enfermedades CIE10, determinada por la Organización Mundial de la Salud.

¿CORRESPONDE EXAMEN PCR?

No será necesaria la toma de examen PCR.

La circunstancia de contar con un resultado negativo en un test de RT-PCR no eximirá a la persona del cumplimiento total de la cuarentena.

CASO PROBABLE (Ord.B51/Nº536, de 4 de febrero del año 2021, Ministerio de Salud, Subsecretaría de Salud Pública).

Caso probable de infección por SARS-CoV2:

    A: Caso probable por resultado de laboratorio: persona que cumple con la definición de caso sospechoso y tiene un resultado indeterminado o no concluyente de la RT-PCR, o persona asintomática o con un síntoma no cardinal, que tiene resultado positivo para una prueba de detección rápida de antígenos para SARS-CoV-2.

    B: Caso probable por imágenes: persona que cumple con la definición de caso sospechoso en el cual el resultado de la RT-PCR es negativo o indeterminado o no concluyente, pero que tiene una tomografía computarizada de tórax con imágenes sugerentes de COVID-19.

Nota: Hallazgos en tomografía computarizada de tórax: opacidades bilaterales múltiples en vidrio esmerilado, frecuentemente con morfología redondeada, con distribución pulmonar periférica y baja.

    C: Caso probable por nexo epidemiológico: persona que ha estado en contacto estrecho con un caso confirmado y desarrolla uno de los síntomas cardinales, o al menos dos de los signos y síntomas restantes compatibles con COVD-19 dentro de los 14 días posteriores al último día de contacto.

Nota: Se tomará examen RT-PCR o test de antígeno para las personas que cumplan los criterios de caso probable por nexo epidemiológico como parte de la investigación de las cadenas de transmisión. Si resulta negativo, indeterminado o no concluyente se seguirá considerando caso probable.

    D: Caso probable fallecido: persona fallecida que, en ausencia de un resultado confirmatorio por RT-PCR, su certificado médico de defunción establece la infección por SARS-CoV-2 como causa básica de muerte o como factor desencadenante.

Nota: Los casos probables se deben manejar para todos los efectos como casos confirmados.

¿CORRESPONDE LICENCIA MÉDICA?

Sí, se instruye la emisión de una licencia médica por parte del médico tratante, utilizando el mismo código de la licencia médica de caso confirmado (U07.1) La que puede ser emitida sin presencia del trabajador y por un máximo de 11 días; pudiendo extender una nueva licencia en caso de que sea necesario, de acuerdo con la condición clínica del paciente.

¿CORRESPONDE EXAMEN PCR?

No será necesaria la toma de examen PCR.

¿CORRESPONDE AISLAMIENTO?

Sí, las personas que sean caracterizadas como caso probable deberán permanecer en aislamiento por 11 días desde la fecha de inicio de los síntomas.

CASO SOSPECHOSO (Ord.B51/Nº536, de 4 de febrero del año 2021, Ministerio de Salud, Subsecretaría de Salud Pública).

Caso sospechoso de infección por SARS-CoV-2:

A: Persona que presenta un cuadro agudo con al menos un síntoma cardinal o dos o más de los signos o síntomas restantes (signos o síntomas nuevos para las personas y que persisten por más de 24 horas):

    a. fiebre (<37,8°C)*

    b. pérdida brusca y completa del olfato (anosmia)*

    c. pérdida brusca y completa del gusto (ageusia)*

    d. tos

    e. congestión nasal

    f. disnea

    g. taquipnea

    h. odinofagia

    i. mialgia

    j. debilidad general o fatiga

    k. dolor torácico

    l. calofríos

    m. diarrea

    n. anorexia o náuseas o vómitos

    o. cefalea

*signos y síntomas cardinales de COVID-19.

B: paciente con infección respiratoria aguda grave (IRAG).

IRAG: infección respiratoria aguda con antecedentes de fiebre, o fiebre medida < 37,8°C; tos; disnea, con inicio en los últimos 10 días y que requiere hospitalización.
Nota: Toda persona que cumpla la definición de caso sospechoso debe realizarse un examen confirmatorio sea un RT-PCR o una prueba detección rápida de antígenos, tomada en un centro de salud habilitado por la autoridad sanitaria o entidad delegada para la realización de este test.
Si el test diagnóstico resulta negativo, pero persiste la alta sospecha clínica – epidemiológica de COVID-19, se recomienda repetir el test diagnóstico.

Caso sospechoso de reinfección por SARS-COV-2:

Perona que tuvo un primer episodio sintomático o asintomático confirmado de COVID-19, en la cual han transcurrido al menos 90 días desde la fecha de notificación del episodio previo y que actualmente presenta una prueba positiva RT-PCR para SARS-CoV-2.

¿CORRESPONDE LICENCIA MÉDICA?

Sí, corresponderá la emisión de una licencia médica para caso sospechoso de COVID-19, con diagnóstico CIE-10 U07.2 (COVID-19, virus no identificado), la que deberá ser extendida por el médico tratante por un máximo de 4 días, a la espera del resultado del examen que permita confirmar el diagnóstico.

Se podrá emitir licencia médica posterior por el mismo diagnóstico y por un máximo de 4 días, en caso que el resultado (PCR) no se encuentre disponible al término del período de reposo; las que podrían ser emitidas sin la presencia del trabajado a partir de la segunda licencia.

¿CORRESPONDE EXAMEN PCR?

Toda persona que se encuentre en alguna de las circunstancias descritas precedentemente deberá proceder a realizar un Test RT-PCR para SARS-CoV-2.

OTROS CONTACTOS

Otros tipos de contacto que no estén caracterizados dentro de los anteriores, por ejemplo contacto estrecho de un contacto estrecho, o que no cumpla al con el total de las definiciones anteriores, puede realizar la consulta a Salud Responde, llamando al 600 360 7777 o a través de sus redes sociales en Facebook, Twitter o Instagram.

CORRESPONDE CUARENTENA

No está considerada sin antes la evaluación de un profesional de salud.

CORRESPONDE LICENCIA MÉDICA

No, no está considerada sin antes el diagnóstico de un médico.

CORRESPONDE EXAMEN PCR

No está indicada, pero si presenta síntomas puede acudir a un establecimiento de salud o donde un médico para determine si es pertinente la orden del examen.

Para más información ingresa a Salud responde del MINSAL haciendo clic aquí

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