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Conoce los lineamientos básicos del seguro obligatorio covid-19 que debe conocer tu organización

04/08/2021
Conoce los lineamientos básicos del seguro obligatorio covid-19 que debe conocer tu organización

¿A quiénes cubre este seguro?, ¿Cuáles riesgos considera?, ¿Cuánto dura? Estos son algunos de los temas que explica el documento elaborado por la Comisión para el Mercado Financiero y respaldado por la SUSESO. Revisa esta nota con los detalles de esta iniciativa y descarga el documento para compartirlo con los trabajadores.

A fines de julio de este año, la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) compartió a través del Oficio 2849 el material oficial que establece la correcta utilización del Seguro Individual Obligatorio de Salud asociado a COVID-19.

Este documento fue elaborado por la Comisión para el Mercado Financiero y en él se detallan todos los aspectos generales y específicos de esta iniciativa que busca proteger a los trabajadores en esta contingencia sanitaria.

5 aspectos generales que se establecen sobre el Seguro Obligatorio COVID-19

En el escenario de pandemia y para abordar adecuadamente el regreso de los trabajadores a sus labores presenciales, se dictó la Ley 21.342 que establece un protocolo sanitario para el retorno gradual y seguro al trabajo. Esta normativa, entre otras cosas, incluye un nuevo seguro obligatorio y especial para la cobertura de COVID-19.

Aquí enumeramos algunos de los aspectos generales que aborda el documento de la Comisión del Mercado Financiero sobre esta iniciativa:

  • 1. ¿Quién debe contratar el seguro?
    La Ley 21.342 establece que los empleadores deben contratar un seguro específico que cubra gastos asociados a dicha enfermedad y su tratamiento, incluso en caso de fallecimiento por esta patología.
  • 2. ¿Qué cubre el seguro?
    Financia o reembolsa los gastos de hospitalización y rehabilitación de cargo del trabajador asociados al COVID-19. Además, paga una indemnización en caso de fallecimiento del trabajador, de cualquier edad, cuya causa básica de defunción sea COVID-19, según la codificación oficial establecida por el Ministerio de Salud. El seguro no podrá tener carencias ni deducibles.
  • 3. ¿A qué trabajadores se les debe contratar el seguro?
    A aquellos del sector privado con contratos sujetos al Código del Trabajo y que estén desarrollando sus labores de manera presencial, total o parcial, según se encuentren en cualquiera de estas situaciones:
    • Afiliados de FONASA: pertenecientes a los grupos B, C y D, siempre que se atiendan bajo la modalidad de atención instituciona
    • Cotizantes de una ISAPRE: siempre que se atienda en la Red de Prestadores para la Cobertura
    • Adicional para Enfermedades Catastróficas (CAEC)
  • 4. ¿Quiénes quedan excluidos de la obligatoriedad del seguro?
    Los trabajadores que hayan pactado en su contrato el cumplimiento de su jornada laboral bajo la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, de manera exclusiva e independiente.
  • 5. ¿Qué pasa si el empleador no contrata el seguro?
    Si el empleador no contrata el seguro, es responsable del pago de las sumas que le habría correspondido cubrir al asegurador, sin perjuicio de las sanciones que correspondan.

Descarga y revisa el documento completo

Ingresa aquí y accede al material educativo completo elaborado por la Comisión para el Mercado Financiero y respaldado por la SUSESO.

Te invitamos a descargarlo y a difundirlo entre tus trabajadores para que todos conozcan las condiciones y beneficios de este nuevo seguro.

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