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Nuevas leyes, reglamentos y decretos legales

10/09/2024
Nuevas leyes, reglamentos y decretos legales

Te invitamos a conocer los nuevos reglamentos legales que debes aplicar en materia de seguridad y salud en el trabajo a tu empresa.


1) Introduce modificaciones al Código del Trabajo y otros cuerpos legales en materia de inclusión laboral de personas con discapacidad y asignatarias de pensión de invalidez.

a) Descripción de la normativa:

Se ha modificado el Código del Trabajo y otros cuerpos legales sobre la obligación legal de contratación de personas con discapacidad y/o asignatarios de una pensión de invalidez que las empresas de más de 100 trabajadores deben realizar, en relación al aumento al 2% respecto de la dotación, los mecanismos de donación y los proyectos o programas en que se puede aplicar la donación, así como las multas por incumplimiento, entre otros temas.

b) Obligaciones de empleador:

Si mantiene trabajadores/s bajo modalidad de inclusión laboral por discapacidad, debe considerar las reglas especificadas para contabilizar la cantidad de trabajadores, la naturaleza de las funciones que desarrolla la empresa y el tipo de programas en las que deposita las donaciones; registrar los contratos de las personas con discapacidad y/o asignatarias de una pensión de invalidez en el registro establecido en el artículo 157 bis del Código del Trabajo; adecuar sus mecanismos, procedimientos y prácticas de reclutamiento y selección de personal para cumplir con la igualdad de oportunidades.

Fecha de entrada en vigencia: 24 de agosto 2024
•  Revisa el resumen de la Ley N°21.690 AQUÍ 
•  Revisa la Ley N°21.690 AQUÍ 

2) Complementa normas sobre acoso y violencia en el trabajo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 22° de la Ley N° 21.765 que estatuye medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia en contra de las mujeres, en razón de su género. Modifica los Títulos I y II del Libro IV. Prestaciones preventivas del Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley N°16.744.

a) Descripción de la normativa:

La Superintendencia de Seguridad Social ha instruido a los empleadores sobre su obligación de adecuar los procedimientos de investigación en los reglamentos internos de orden, higiene y seguridad, cuando se trate de acoso o violencia en el trabajo ejercida contra las mujeres en razón de su género, con el fin de dar cumplimiento a las obligaciones de debida diligencia y de no victimización secundaria de la víctima. Además, en cuanto a la asistencia técnica de los organismos administradores, indica que deberán considerar lo dispuesto en el reglamento que establece las directrices a las cuales deberán ajustarse los procedimientos de investigación del acoso sexual, laboral o de violencia en el trabajo, aprobado mediante el D.S. N°21, de 2024, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

b) Obligaciones del empleador:

Adecuar los procedimientos de investigación en los reglamentos internos de orden, higiene y seguridad, cuando se trate de acoso o violencia en el trabajo ejercida contra las mujeres en razón de su género.

Fecha de entrada en vigencia: 19 de agosto de 2024
•  Revisa el resumen de la Circular N°3825 AQUÍ 
•  Revisa la Circular N°3825 AQUÍ 

3) Complementa normas sobre el registro de situaciones de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo. Modifica el título I del libro V. Prestaciones médicas y el título II del libro IX. Sistemas de información. Informes y reportes, ambos del Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley N°16.744.

a) La Superintendencia de Seguridad Social ha instruido a los organismos administradores sobre los cambios que se deben considerar al adecuar el programa de intervención temprana a las nuevas disposiciones introducidas por la Ley Karin.

b) Obligaciones del empleador:

Fecha de entrada en vigencia: 5 de septiembre de 2024
•  Revisa el resumen la Circular N° 3826 AQUÍ 
•  Revisa la Circular N° 3826 AQUÍ 

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