Te invitamos a conocer los nuevos reglamentos legales que debes aplicar en materia de seguridad y salud en el trabajo a tu empresa.
1) Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad y regulación de idioma
La Dirección del Trabajo ha precisado que los procedimientos de evaluación o calificación de carácter obligatorio deben necesariamente incorporarse al reglamento interno de orden, higiene y seguridad respectivo, el que debe ser redactado en idioma castellano. Si es redactado en otro idioma, deberá ser traducido a éste y entregado a las y los trabajadores en tales términos.
Fecha de entrada en vigencia: 18 de diciembre de 2024
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Revisa el Ordinario 881 AQUÍ
2) Aprueba la actualización del Protocolo de Vigilancia de Trabajadores Expuestos a Factores de Riesgos de Trastornos Musculoesqueléticos
La Subsecretaría de Salud Pública actualizó el Protocolo de Vigilancia de Trabajadores Expuestos a Factores de Riesgos de Trastornos Musculoesqueléticos relacionados con el trabajo, el que establece un sistema integral de monitoreo y seguimiento que permita identificar, prevenir y controlar los factores de riesgo ambientales y laborales asociados a las enfermedades de este tipo.
Fecha de entrada en vigencia: 28 de diciembre de 2024
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Revisa la Res Exenta 1660 AQUÍ
3) Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad; Obligaciones y prohibiciones.
La Dirección del Trabajo ha insistido en que toda obligación y prohibición dispuesta por el empleador que incida en materias de orden, higiene y seguridad debe forzosamente contenerse en el Reglamento Interno.
Por lo tanto, será responsabilidad del empleador incorporar prohibiciones y obligaciones al Reglamento interno para otorgarles validez.
Fecha de entrada en vigencia: 26 de diciembre de 2024
Revisa el resumen de Ord 889 AQUÍ ![]()
Revisa el Ordinario 889 AQUÍ
*Las mutualidades de empleadores son fiscalizadas por la Superintendencia de Seguridad Social (www.suseso.cl).