Te invitamos a conocer los nuevos reglamentos legales que debes aplicar en materia de seguridad y salud en el trabajo a tu empresa:
1. Guía para la elaboración de Mapas de Riesgos Laborales al interior de las entidades empleadoras.
La Subsecretaría de Previsión Social ha regulado la obligación dispuesta en el artículo 62 del Decreto 44/2024, que dispone que las entidades empleadoras deben mantener en sus dependencias mapas de riesgos actualizados y visibles, que identifiquen y localicen los principales riesgos laborales, los que deben ser elaborados con una metodología que el Ministerio del Trabajo y Previsión Social ha diseñado al efecto.
Fecha de entrada en vigencia: 01 de marzo de 2025
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2. Sistema de control de fatiga vulnera derechos fundamentales de choferes
La Dirección del Trabajo ha determinado que el sistema de detección de fatiga, somnolencia o distracciones para choferes vulnera los derechos fundamentales de los trabajadores, cuando existe un hardware que graba el rostro de los conductores.
Si se implementa un sistema de control, éste no debe utilizar medios de grabación para el conductor.
Fecha de entrada en vigencia: 26 de febrero de 2025
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Revisa el Ordinario 129
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3. Entrega de Elementos de Protección Personal
La Dirección del Trabajo ha señalado en forma reiterada y uniforme que, al entregar Elementos de Protección Personal mediante uso de máquinas expendedoras, se deben cumplir todas las condiciones indicadas por la autoridad. Es decir:
1) Entregar elementos de seguridad certificados
2) Entregar elementos de seguridad de libre demanda para trabajadores expuestos a riesgos específicos (por ejemplo, protección respiratoria y auditiva)
3) Confeccionar un sistema de asignación conforme a los riesgos del puesto de trabajo que realiza la persona
4) Garantizar la inviolabilidad del sistema
5) Exigir una tarjeta para retirar los elementos de seguridad que deberá ser personal e intransferible
6) Garantizar entrega oportuna.
Fecha de entrada en vigencia: 28 de febrero de 2025
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Revisa Ordinario 133
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