Te invitamos a conocer los nuevos reglamentos legales que debes aplicar en materia de seguridad y salud en el trabajo a tu empresa.
1. Deja sin efecto decreto N° 26, de 2021, y decreta alerta sanitaria y otorga facultades extraordinarias por presencia de Aedes aegypti y de Anopheles pseudopunctipennis en las regiones que indica
La Subsecretaría de Salud Pública ha declarado alerta sanitaria en todo el territorio de las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso y Metropolitana de Santiago, por la presencia o riesgo de introducción y dispersión del mosquito Aedes aegypti, y en todo el territorio de las regiones de Arica y Parinacota, de Tarapacá por la presencia de Anopheles pseudopunctipennis, para efectos de disponer recursos tanto para la vigilancia epidemiológica como el control vectorial y para la contratación de personal adicional y la adquisición de insumos necesarios para desarrollar, entre otras, acciones preventivas de control entomológico, comunicación de riesgo, educación a la comunidad, medidas de aislamiento de casos sospechosos, traslado de equipos de respuesta rápida y reforzamiento de la red asistencial para la detección y tratamiento oportuno de casos importados.
Fecha de entrada en vigencia: 8 de mayo 2023
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2. Aprueba la guía de inspección de buenas prácticas de laboratorio
El Instituto de Salud Pública ha dictado esta guía como una herramienta de inspección para los funcionarios fiscalizadores encargados de supervigilar a los laboratorios de control farmacéutico y laboratorios de microbiología farmacéutica, sirviendo también como instrumento de autoevaluación para las entidades reguladas, facilitando la observancia de las Normas Técnicas 139 y 180, ambas del Ministerio de Salud. Esto, pues categoriza cada requerimiento de dichas normas técnicas acorde a su criticidad y sobre la base de su nivel de riesgo, asegurando la uniformidad de criterio de evaluación en los inspectores que las verifican.
Fecha de entrada en vigencia: 19 de mayo 2023
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3. Derecho fundamental; medidas de control y vigilancia; principio de proporcionalidad; dignidad y honra de los trabajadores
La Dirección del Trabajo ha resuelto que el empleador puede establecer un mecanismo de control audiovisual de la actividad del trabajador, siempre que éste se contemple en el reglamento interno de orden, higiene y seguridad de la empresa que desee implementarlo y que respete los derechos fundamentales de los trabajadores, entre los cuales se cuentan, la intimidad y la honra, así como la integridad física y síquica de los mismos.
Fecha de entrada en vigencia: 12 de mayo 2023
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*Las mutualidades de empleadores son fiscalizadas por la Superintendencia de Seguridad Social (www.suseso.cl).