Te invitamos a conocer los nuevos reglamentos legales que debes aplicar en materia de seguridad y salud en el trabajo a tu empresa.
1) Ley N°21.530: Condiciones para trabajadores de mantención y reparación de equipos médicos subcontratados en centros de salud privados
La Dirección del Trabajo ha enfatizado en que los/as trabajadores/as que se dedican a la mantención y reparación de equipos médicos subcontratados para centros de salud privados, también son beneficiarios del descanso reparatorio que busca compensar los esfuerzos realizados por las y los trabajadores que durante la pandemia de COVID-19 se desempeñaron en un servicio de este tipo.
Fecha de entrada en vigencia: 05 de Junio 2023
• Revisa el resumen del Ordinario 788 AQUÍ
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2) Condiciones para trabajadores que se desempeñan como guardias de seguridad
La Dirección del Trabajo ha explicitado que, ante la ocurrencia de actos atentatorios contra la integridad física y psicológica de los dependientes que se desempeñan como guardias de seguridad, el deber de protección que recae sobre el empleador implica que debe adoptar todas las medidas preventivas que garanticen una eficaz protección a los trabajadores frente a todo riesgo al cual pueden verse expuestos, como los que derivan de asistir a la activación del sistema de alarma nocturno, de madrugada o fuera de la jornada laboral.
Fecha de entrada en vigencia: 06 de Junio 2023
• Revisa el resumen del Ordinario 808 AQUÍ
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3) Modificación de la resolución N° 1.400 exenta, de 2022, que establece el “Plan Seguimos Cuidándonos” y uso de mascarilla
El Ministerio de Salud ha estimado necesario reponer el uso obligatorio de mascarillas en establecimientos educacionales, para evitar el riesgo de transmisión de virus respiratorios en esta población. Esto, se indica para personas mayores de 5 años que realicen actividades escolares en espacios cerrados dentro de establecimientos educacionales, de los niveles básicos y medio, tanto público como privado.
Fecha de entrada en vigencia: 14 de Junio 2023
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*Las mutualidades de empleadores son fiscalizadas por la Superintendencia de Seguridad Social (www.suseso.cl).