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ACHS Nosotros Gobierno Corporativo Elecciones Directorio Achs 2025

Procedimiento Elección de Directorio

La Dirección y Administración de la Asociación Chilena de Seguridad, está a cargo de un Directorio Paritario compuesto por ocho miembros, cuatro representantes de las Entidades Empleadoras Adheridas y cuatro representantes de los Trabajadores Afiliados que presten servicios a aquéllas, los que tendrán la calidad de Directores Titulares, de acuerdo a lo establecido en el artículo 13° de la Ley N°16.744, que establece normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, en relación con lo dispuesto en el artículo 9° y siguientes del Decreto Supremo N°285, que aprueba el Estatuto Orgánico de Mutualidades de Empleadores. Dicho Estatuto Orgánico establece, en síntesis, que los Directores en representación de las Entidades Empleadoras Adheridas serán designados en la forma que determinen los estatutos y los Directores en representación de los Trabajadores Afiliados serán designados, en votación directa, por los representantes de los trabajadores en los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad de las Entidades Empleadoras Adheridas a la Mutualidad o por dos representantes en las Entidades Empleadoras que no tienen la obligación de constituir Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.

El Directorio dura 3 años en el ejercicio de sus funciones y sus miembros sólo podrán ser reelegidos para un período adicional consecutivo.

 

Procedimiento de Elección de Directores en representación de los Trabajadores Afiliados

a) Pertenecer a alguna de las Entidades Empleadoras Adheridas a la Asociación por más de un año;

b) Haber formado parte de alguno de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad también por más de un año;

c) No tener la calidad de trabajador de la Asociación;

d) No haber sido trabajador dependiente de la Asociación dentro de los tres años inmediatamente anteriores a la respectiva elección de Directorio;

e) Reunir además los siguientes requisitos: ser mayor de 18 y menor de 75 años de edad, saber leer y escribir y no haber sido condenado ni hallarse procesado por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva (3 años y un día);

f) Tener la calidad de elector (salvo que se postule a una reelección).

La votación debe llevarse a efecto en los locales en que funcionen los respectivos Comités Electorales de la Asociación, y en la Comisión Electoral, en la Región Metropolitana, el día jueves 29 de mayo de 2025, entre las 9 y las 18:30 horas.

Cada Comité Electoral está integrado por tres miembros titulares y tres miembros suplentes, quienes deberán ser trabajadores afiliados. Este Comité deberá elegir un Presidente, quien tendrá voto dirimente en caso de empate. Sesionará con la concurrencia de, al menos, 2 miembros, pudiendo asistir los suplentes cuando lo estimen conveniente.

Son funciones del Comité Electoral:

a) Recibir los sufragios emitidos en el respectivo lugar de votación en que funcione el Comité;

b) Enviar los sufragios recibidos a la Comisión Electoral en Santiago, en sobres numerados y cerrados;

c) Controlar que se cumplan las condiciones de envío de los sufragios a la Comisión Electoral.

La Comisión Electoral, que funcionará en la Región Metropolitana, está integrada por tres miembros titulares y tres miembros suplentes; todos ellos deberán ser trabajadores afiliados. Deberán elegir un Presidente, quien tendrá voto dirimente en caso de empate.

Son funciones de la Comisión Electoral:

a) Recibir los sufragios de las personas que votan en la Región Metropolitana;

b) Recibir los sufragios enviados por los Comités Electorales, de las personas que votaron ante estos últimos;

c) Realizar el escrutinio de la votación destinada a elegir Directores representantes de los trabajadores afiliados;

d) Resolver los reclamos que puedan presentarse;

e) Levantar un acta del escrutinio, la que debe reducir a escritura pública el Gerente General de la ACHS;

f) Dar cuenta de los resultados de la elección de los Directores en Representación de los Trabajadores Afiliados a la Junta General Ordinaria de Asociados en que deben proclamarse.

a) Entidades Empleadoras en que trabajen más de 25 personas: Los representantes titulares de los trabajadores en los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad de las Entidades Empleadoras Adheridas a la Asociación, quienes tendrán tantos votos como sea el número de trabajadores de la respectiva entidad al último día hábil del mes calendario inmediatamente anterior a la fecha de la elección, que para estos efectos es al día 30 abril 2025.

b) Entidades Empleadoras en que trabajen menos de 25 personas: (aún cuando tengan constituidos Comités Paritarios). Sus trabajadores deben elegir a dos de ellos para que los representen en la elección de Directores.

En ambos casos los electores deberán ser acreditados previamente.

1. Los trabajadores miembros titulares de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad de las entidades empleadoras adheridas deberán acreditar su calidad de electores, presentando a la Gerencia General, hasta el día 8 de mayo de 2025, por carta certificada o personalmente, los siguientes antecedentes:

- Certificado del empleador indicando: el número de trabajadores que prestaban servicios en la respectiva entidad empleadora el último día hábil del mes calendario inmediatamente anterior a la fecha de la elección; el número total de Comités Paritarios que tiene la entidad; lugares donde se encuentran ubicados esos Comités; los nombres de los miembros titulares representantes de los trabajadores en cada uno de los Comités Paritarios existentes, y el domicilio particular de cada uno de esos miembros.

Certificado de la Inspección del Trabajo indicando: el número total de trabajadores que prestaban servicios en la respectiva faena o entidad empleadora el último día hábil del mes calendario inmediatamente anterior a la fecha de la elección, esto es, en ambos casos, al 30 de abril de 2025.

2. En las entidades empleadoras con 25 trabajadores o menos, el empleador debe comunicar el nombre de los dos representantes elegidos y la dirección particular de cada uno de ellos y, además, acompañar los certificados indicados anteriormente.

El conjunto de representantes titulares de los trabajadores en cada Comité Paritario y, en su caso, conjuntamente los dos representantes de los trabajadores de cada una de las entidades empleadoras que tienen 25 personas o menos podrán proponer a un solo precandidato.

Los postulantes (precandidatos postulados) deben tener la calidad de electores y, por lo tanto, reunir todos los requisitos ya señalados.

La postulación debe ser presentada en un formulario especial que confeccionará la Asociación para estos efectos y entregarse personalmente o enviarse por carta certificada a la Gerencia General. Este formulario debe contener: la firma de uno o más representantes titulares de los trabajadores en el Comité Paritario respectivo; la firma de uno o de los dos representantes de los trabajadores de las entidades empleadoras con menos de 25 personas; la firma del precandidato que se postula, en señal de aceptación; y la entidad empleadora en la cual trabaja el precandidato postulado.

El formulario de postulación deberá solicitarse al correo electrónico [email protected][email protected][email protected] o también puede solicitarse mediante comunicación escrita dirigida al Gerente General en Ramón Carnicer Nº 163, Providencia, Santiago, y deberá enviarse a la ACHS por carta certificada, correo electrónico (a las direcciones antes señaladas) o entregarse personalmente a más tardar el día 8 de mayo de 2025.  

El elector debe solicitar el voto a la Comisión o Comité Electoral, en la Región Metropolitana, o al Comité Electoral de la respectiva Agencia, quien le dará una cédula (voto) que contiene impresa la lista de candidatos y en la que estará señalada la ponderación del voto del elector.

Marcada la preferencia, el elector debe poner la cédula en el sobre, el que depositará en la urna en presencia del Comité Electoral de la Agencia, o de la Comisión Electoral según fuera el caso.

Finalizada la votación, cada Comité Electoral debe proceder a levantar un acta indicando el nombre de los electores que votaron ante él, a qué Comité Paritario y entidad empleadora pertenecen y el número de sufragios emitidos. Estos últimos, sin abrirlos, deben enviarse de inmediato en sobres cerrados y numerados conjuntamente con el Acta, a Santiago a la Comisión Electoral.

La Comisión Electoral procederá a efectuar el escrutinio el quinto día hábil posterior al de la votación, esto es, el día 5 de junio de 2025.

Resultan elegidos Directores quienes obtengan las cuatro más altas mayorías.

Las consultas relacionadas con la forma de proceder en la elección o la petición de mayores antecedentes sobre ella podrán hacerse telefónicamente al teléfono 600 600 2247.

Procedimiento de Elección de Directores en representación de las Entidades Empleadoras Adheridas

- Ser mayor de 18 y menor de 75 años de edad al momento de la elección;

- Saber leer y escribir; 

- No haber sido condenado por delito que merezca pena aflictiva o inhabilitado para desempeñar cargos públicos; 

- No haber sido trabajador dependiente de la Asociación dentro de los tres años inmediatamente anteriores a la respectiva elección de Directorio.

La votación se realizará en la respectiva Junta General Ordinaria de Asociados que será convocada por el Directorio de la Asociación y se llevará a efecto, en primera citación, el día 6 de junio, con la asistencia de la mayoría absoluta de los asociados que estén al día en el pago de sus cuotas.

En el evento que no se lleve a efecto la Junta General de Asociados en Primera Citación por falta de quórum u otras razones, se procederá a celebrarla, en Segunda Citación, con los socios que asistan, el día 30 de junio. La Junta en ambas citaciones se efectuará de manera híbrida en el Auditorio del Hospital del Trabajador, ubicado en Vicuña Mackenna N°200, 5° piso, a las 11:00 horas y vía remota a través de la plataforma Evoting.

Los asociados que estén al día en el pago de sus cotizaciones.

Para poder ser candidato, y consecuentemente ser elegido Director de la Asociación, deberá figurar en la lista única de candidatos que deberá confeccionarse para estos efectos.

Dicha lista se elaborará sobre la base de los nombres de todas aquellas personas que, reuniendo los requisitos exigidos para ser Director, hubieren sido postulados por la entidad gremial de empleadores auspiciadora de la formación de la Asociación, por otras asociaciones gremiales de empleadores adheridas a la Asociación y que tengan, a su vez, un 30% de sus empresas integrantes afiliadas a la Asociación y/o por un número mínimo de 3 empresas adherentes a la Asociación, con a lo menos 1 año de antigüedad en ella.

Las postulaciones de candidatos deben ser efectuadas mediante comunicación escrita dirigida al Gerente General de la Asociación, con una anticipación mínima de 60 días a la fecha en que debe llevarse a efecto la Junta en donde se efectuará la votación, para cuyo efecto se publicó en un diario de circulación nacional el llamado a postular candidatos el día 13 de marzo de 2025.

Los candidatos postulados con el nombre de la o las empresas a que pertenecen deben suscribir la postulación en señal de aceptación.

El 6 de abril vence el plazo para postular candidatos a Director en Representación de las Entidades Empleadoras Adheridas a la ACHS, para el período 2025-2028.

El asociado puede concurrir personalmente a la Junta Ordinaria respectiva y votar en ella, o podrá hacerlo a través de un apoderado.

Para los efectos de la votación, las empresas que hayan cotizado por menos de 100 trabajadores afiliados tendrán un voto; aquéllas que tuvieran entre 100 y 399 trabajadores, 5 votos; y las que tuvieran 400 o más trabajadores, 15 votos.

El asociado o en su defecto, su apoderado, deberá sufragar en la cédula proporcionada por la Asociación al comenzar la Junta, para la votación en la elección de los miembros titulares y suplentes, que serán de distinto color según el número de votos y marcando la preferencia por la persona o personas por quienes emita su voto.

En la elección, cada asociado o su apoderado podrá acumular sus votos en favor de un solo candidato, o distribuirlos en la forma que estime conveniente. 

Para los efectos de concurrir y votar a través de un apoderado, la Gerencia General enviará a los asociados un formulario de poder para participar en esa Junta, con no menos de 20 días de anticipación a la fecha en que se elegirán los Directores en representación de las entidades empleadoras adheridas.

En el poder deberá declararse bajo juramento que la persona que suscribe tiene facultades para otorgarlo.

Los representantes de cada entidad empleadora adherida podrán delegar su derecho a participar en la elección en cualquier persona que cumpla con los siguientes requisitos: ser mayor de 18 años y menor de 75 años; saber leer y escribir; no haber sido condenado por delito que merezca pena aflictiva o inhabilitado para desempeñar cargos públicos.

El formulario de poder será de distinto color según el número de votos que representa la respectiva entidad empleadora y deberá ser entregado de vuelta a la Gerencia General, debidamente firmado por el representante legal, no después del tercer día hábil anterior a la Junta (1° citación hasta el día 2 de junio y en 2ª citación hasta el día 24 de junio). No se admitirán los poderes recibidos por la Gerencia General con posterioridad a dicho plazo. Los poderes en blanco no podrán asignarse a persona alguna.

Los candidatos que en una sola votación obtengan las 4 más altas mayorías resultarán elegidos Directores Titulares. 

Una vez constituido el Directorio, se procederá a designar entre sus miembros al Presidente y Vicepresidente.

El Presidente del Directorio será elegido por los miembros titulares del Directorio que tengan la calidad de representantes de las entidades empleadoras adheridas y deberá tener esa misma calidad. La elección tendrá lugar en la primera sesión que celebre el Directorio después de su designación.

1. Lorenzo Gazmuri Schieyer
2. Christian González Ackerknecht
3. Claudio Muñoz Zúñiga
4. Gina Ocqueteau Tacchini
5. Andrés Santa Cruz López
6. Sandro Solari Donaggio

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