Además, la Ley creó el Fondo que financiará el Seguro para el Acompañamiento de los Niños y Niñas (SANNA).
El objetivo de esta iniciativa es la creación del fondo (SANNA), un seguro dirigido a las madres y padres trabajadores de hijos e hijas mayores de 1 año y menores de 15 o 18 años de edad, afectados por una condición grave de salud, para que puedan ausentarse justificadamente de su trabajo durante un tiempo determinado, con la finalidad de prestarles atención, acompañamiento o cuidado personal a sus hijos e hijas.
Para esto la legislación ha establecido la eliminación de la cotización extraordinaria, estableciendo un mecanismo de rebaja del monto, de forma gradual y progresiva, a partir del 1 de abril de 2017 hasta el 31 de diciembre del 2019.
Pese a lo anterior, es importante destacar que las empresas afiliadas a las ACHS deberán continuar pagando durante 2017 su cotización vigente, sin modificaciones.
Esto, debido a que la recaudación de esta cotización se efectuará por las mutualidades de empleadores, conjuntamente con las demás cotizaciones que recaudan para el financiamiento del seguro de la Ley N°16.744, y deberán mantenerla en una cuenta especial creada para este efecto.
¿Cómo se aplicará?
A) Desde 1 de abril de 2017: 0,90% + cotización adicional + 0,05%: El desglose del destino de esta última tasa de 0,05%, será el siguiente:
El 0,04% al Seguro de la Ley N°16.744 y 0,01% al Fondo SANNA.
A contar del 1 de enero de 2018, las empresas deberán pagar al respectivo Organismo Administrador de la Ley N°16.744 la tasa de cotización básica de 0,90%, más la cotización adicional que les corresponda, más una tasa de 0,03% de las remuneraciones imponibles.