El Código
del Trabajo establece este derecho para aquellas trabajadoras mayores de 40
años y trabajadores mayores de 50, que cumplan con ciertas condiciones de
contrato.
Aquellos trabajadores que quieran realizarse ciertos
exámenes preventivos, cuentan con la opción de hacerlo en horario laboral dando
aviso previo al empleador con un plazo de, al menos, una semana de anticipación.
De acuerdo a lo que señala la ley, pueden hacer uso de este
derecho los trabajadores mayores de 50 años y trabajadoras mayores de 40 que
tengan un contrato de trabajo de cualquier tipo, con vigencia superior a 30
días.
Exámenes específicos
Los exámenes médicos que contempla la ley son el de cáncer
de próstata para los hombres y mamografía para las mujeres, pudiendo incluir
además otros de medicina preventiva como el papanicolau.
Este derecho se encuentra vigente desde el 2014 y puso
énfasis en este tipo de exámenes porque el cáncer de próstata y mama son la
principal causa de muerte en nuestro país, por lo que la detección temprana es
vital.
Cómo opera el permiso
1. El
trabajador debe avisar con una semana de anticipación al empleador que quiere
hacer uso del permiso legal. Éste sólo puede solicitarse una vez al año.
2. El
empleador debe otorgar medio día de la jornada para que los trabajadores
realicen las diligencias médicas.
3. El
tiempo en el que los trabajadores se realicen los exámenes será considerado
como trabajado para todos los efectos legales, por lo tanto, no se
descuenta del sueldo. Este permiso no puede ser compensado en dinero, ni
durante ni al término de la relación laboral.
4. La
norma establece que al permiso para realizar los exámenes, se le debe sumar el
tiempo suficiente para los traslados hacia y desde la institución médica,
considerando las condiciones geográficas, de transporte y la disponibilidad de
equipamiento médico necesario.
5. Después
de someterse a los exámenes, el trabajador deberá presentar al empleador un
comprobante que permita certificar la fecha en que se realizaron.
¿Se puede solicitar
permiso para otras diligencias médicas o personales?
Los únicos permisos legales que establece el Código del
Trabajo son el que explicamos en esta nota y el de matrimonio, la Ley no
contempla permisos específicos para que las personas realicen trámites
personales en horario laboral. Sin embargo, el empleador y los trabajadores,
pueden acordar libremente y por mutuo acuerdo, permisos de origen convencional
destinados a los fines que se estimen conveniente.