Dentro del Servicio de Evaluaciones Laborales (SEL) que ofrece la ACHS a todas las empresas, se encuentran las Evaluaciones Psicolaborales que se han entregado desde el año 1982, con un grupo técnico y humano de la más alta calidad.
Los servicios Psicolaborales no están cubiertos por la Ley N°16.744, por lo que constituyen una atención adicional por parte de la ACHS.
¿Cuáles son sus características?
Las Evaluaciones Psicolaborales otorgan servicios complementarios a las empresas asociadas a la ACHS en el ámbito de gestión de recursos humanos y salud ocupacional. De esta forma, se logra colaborar en la estrategia productiva de estas organizaciones y fortalecer sus vínculos con nuestra institución.
¿Cuál es nuestro aporte a las empresas?
En ACHS nos preocupamos por reforzar nuestras alianzas con las empresas de nuestra comunidad afiliada. Por ello, el servicio de los profesionales de esta área se basan en el respeto a las personas, la confidencialidad en el manejo de la información y en la orientación a mejorar la calidad de vida laboral.
Trabajamos para ayudar a las organizaciones que requieren de estos servicios a incentivar su productividad y reducir sus cifras de accidentes del trabajo.
¿A quién va destinado este servicio?
A todas nuestras empresas afiliadas que requieran de este tipo de evaluaciones. Además de empresas no afiliadas que lo requieran a ACHS. Con esto, buscamos promover una cultura de calidad de vida en las organizaciones.
¿Cómo solicitar?
Existen dos vías:
Revisa las modificaciones que realizamos en las capacitaciones sobre el DS 44 con el objetivo de mejorar la calidad del contenido, facilitar su implementación y la obtención de diplomas.
El Decreto Supremo N° 44 establece normas obligatorias para la gestión preventiva de riesgos laborales y regula la organización y estructura de SST de las entidades empleadoras y sus lugares de trabajo.
En la Achs contábamos con el curso "Formación para personas trabajadoras de acuerdo con DS 44" que tenía una duración de 8 horas para reforzar los contenidos que dicta la norma. Actualmente, dicho curso fue reemplazado por otro e-learning, que consta de 4 módulos con una duración de 2 horas cada uno.
¿Qué ventajas trae este cambio?
La modificación permite mejorar la interactividad del curso y la calidad del contenido, además de generar más facilidades a las empresas para su ejecución y obtención de diplomas.
● Mayor flexibilidad para el agendamiento de las capacitaciones:
Las organizaciones pueden adecuarlas a su propia planificación. Tienen la opción de inscribir los 4 módulos en las mismas fechas o en fechas distintas y así gestionar de mejor forma el plan de capacitación de los trabajadores.
● Diplomas específicos por temática:
Tanto los trabajadores como las entidades empleadoras podrán demostrar de manera efectiva el desarrollo de los módulos obligatorios y complementarios, dando cumplimiento a lo exigido por el DS 44. Al finalizar cada módulo se generará un diploma individual que especifica la temática abordada.
Cursos obligatorios y complementarios
De acuerdo con la normativa vigente, hay 4 cursos obligatorios que deben ser implementados:
1. Prestaciones médicas y económicas del seguro de la ley n° 16.744: enfocado en el funcionamiento general del seguro y los beneficios médicos y económicos asociados a accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
2. Gestión del riesgo de desastres en centros de trabajo: aborda conceptos básicos de riesgo y desastre, tipos de amenazas en el entorno laboral, vulnerabilidad y exposición, prevención y preparación ante emergencias, entre otros.
3. Señalética y señalización de seguridad en los lugares de trabajo: busca que los participantes logren identificar los distintos tipos de señalización de seguridad y su significado en el entorno laboral.
4. Prevención de riesgo de incendio: refuerza los conceptos básicos de esta emergencia, los factores que originan incendios y las medidas básicas de prevención.
Revisa todos los detalles sobre los cursos obligatorios y complementarios, en este documento.
¿Cómo acceder a los cursos?
Directamente desde nuestra plataforma de Capacitación Achs. Accede aquí.
*Las mutualidades de empleadores son fiscalizadas por la Superintendencia de Seguridad Social (www.suseso.cl).
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