Dentro del Servicio de Evaluaciones Laborales (SEL) que ofrece la ACHS a todas las empresas, se encuentran las Evaluaciones Psicolaborales que se han entregado desde el año 1982, con un grupo técnico y humano de la más alta calidad.
Los servicios Psicolaborales no están cubiertos por la Ley N°16.744, por lo que constituyen una atención adicional por parte de la ACHS.
¿Cuáles son sus características?
Las Evaluaciones Psicolaborales otorgan servicios complementarios a las empresas asociadas a la ACHS en el ámbito de gestión de recursos humanos y salud ocupacional. De esta forma, se logra colaborar en la estrategia productiva de estas organizaciones y fortalecer sus vínculos con nuestra institución.
¿Cuál es nuestro aporte a las empresas?
En ACHS nos preocupamos por reforzar nuestras alianzas con las empresas de nuestra comunidad afiliada. Por ello, el servicio de los profesionales de esta área se basan en el respeto a las personas, la confidencialidad en el manejo de la información y en la orientación a mejorar la calidad de vida laboral.
Trabajamos para ayudar a las organizaciones que requieren de estos servicios a incentivar su productividad y reducir sus cifras de accidentes del trabajo.
¿A quién va destinado este servicio?
A todas nuestras empresas afiliadas que requieran de este tipo de evaluaciones. Además de empresas no afiliadas que lo requieran a ACHS. Con esto, buscamos promover una cultura de calidad de vida en las organizaciones.
¿Cómo solicitar?
Existen dos vías:
El uso de ciclos suele aumentar en esta época, tanto de forma recreacional como para realizar trayectos al trabajo. Toma nota de estos consejos y evita accidentes al moverte por tu ciudad.
Cientos de bicicletas y scooter eléctricos transitan diariamente por las calles conviviendo con distintos tipos de automóviles y motocicletas.
Considerando la falta de carrocería que deja expuestos a los conductores de este tipo de ciclos, es crucial tomar precauciones adicionales y siempre conducir a la defensiva.
Transitar por vías adecuadas
Recuerda que tanto ciclistas como usuarios de scooter deben circular por las ciclovías cuando estén disponibles. Si no hay, deben hacerlo por la calzada, siempre al lado derecho de la pista y no por la vereda.
Ambos vehículos deben respetar las señales de tránsito y en el caso del scooter, la velocidad máxima permitida es de 25 km/h.
De forma excepcional, los menores de 14 años, adultos con menores de hasta siete años, adultos mayores y personas con movilidad reducida podrán utilizar las veredas para desplazarse en scooter.
Recomendaciones para ciclistas
● Revisa frenos, neumáticos y luces antes de cada salida
● Usa el casco en todo momento, al igual que los elementos reflectantes
● Conduce siempre atento al entorno, evita distracciones como el uso de audífonos mientras pedaleas
● Reduce la velocidad en zonas con alta presencia de peatones o cruces complejos
● Evita conductas riesgosas como hacer piruetas o conducir sin las manos en el manubrio
● Nunca circules en contra del tránsito
Recomendaciones para usuarios de scooter
● Comprueba que el scooter cuente con frenos funcionales, luces delanteras y traseras, elementos reflectantes y timbre
● Utiliza casco, ropa visible y zapatos cerrados para mayor protección
● Respeta el límite de 25 km/h y siempre baja la velocidad en áreas concurridas
● Evita las maniobras bruscas al transitar por la ciclovía
● Conduce siempre con ambas manos en el manubrio y sin distracciones
No olvides cuidarte del sol
Además de la seguridad vial es importante la protección contra la radiación ultravioleta. La exposición prolongada al sol puede generar daños en la piel, incluso en trayectos cortos.
Usa protector solar con factor 30 o más diariamente, reaplícalo si el recorrido es largo y complementa con accesorios que protejan la piel y la visión, como viseras, lentes de sol y ropa ligera.
¿Quieres aprender más?
Inscríbete en nuestro curso e-learning Trayecto Seguro. A través de entretenido viaje interactivo podrás aprender sobre las normativas de tránsito y los derechos y obligaciones de cada persona al interactuar en la vía pública.
Las mutualidades de empleadores son fiscalizadas por la Superintendencia de Seguridad Social (www.suseso.cl).
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