Los beneficios a los cuales los trabajadores de las empresas afiliadas a ACHS pueden acceder son el resultado de las alianzas con nuestros proveedores. Estos les permiten disfrutar de valiosos descuentos para su calidad de vida, y de paso para el ambiente laboral en que se desempeñan.
¿Cuáles son las características de los beneficios?
Este servicio de ACHS se divide en tres grandes categorías de beneficios destinados a los trabajadores adheridos a nuestra organización:
¿Cómo aportamos a las empresas?
Los beneficios para trabajadores adheridos a ACHS están destinados a apoyar el trabajo de las áreas de Recursos Humanos de nuestras empresas afiliadas a través de un programa de alianzas. Esto permite que tanto las organizaciones que forman parte de la comunidad ACHS como sus trabajadores, puedan optar a todos los descuentos que tenemos para ofrecer.
¿A quiénes va destinado este servicio?
Esta categoría de Beneficios ACHS van dirigidos específicamente a todos los trabajadores que pertenezcan a nuestras empresas afiliadas, quienes quieran acceder a ellos.
¿Cómo informarme sobre los beneficios?
Existen dos vías para enterarse sobre todos los beneficios y descuentos que tenemos para nuestros trabajadores afiliados, las cuales son:
Esta medida rige para profesionales, técnicos, administrativos, auxiliares y alumnos en práctica de los servicios de urgencia de la red pública y privada, pero también para pacientes y acompañantes que acudan a estos recintos. Revisa aquí todos los detalles.
Se acerca el invierno y con ello las enfermedades respiratorias. Como una medida para prevenir los contagios por circulación viral, el Ministerio de Salud ordenó el uso obligatorio de mascarillas específicamente en los servicios de urgencia de la red asistencial, tanto públicos como privados.
La medida que ya comenzó a regir establece lo siguiente:
• QUIÉNES DEBEN USARLA: los equipos de salud de los servicios de urgencia, incluyendo a profesionales, técnicos, administrativos, auxiliares y alumnos en práctica. Además, el uso es obligatorio para pacientes y cualquier otra persona que visite dichos establecimientos.
• TIPOS DE MASCARILLAS: deben ser aquellas de características médicas, quirúrgicas, de procedimientos y de tres pliegues, y los respiradores de alta eficiencia tipo K95, KN95 y equivalentes.
• PERÍODO DEL USO OBLIGATORIO: la disposición rige desde el 1 de abril y se extiende al 31 de agosto de 2024, o hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.
¡CUÍDATE ESTE INVIERNO!
La medida del uso obligatorio de la mascarilla permite minimizar el riesgo de contagio en las salas de espera y de atención en el servicio de urgencias, protegiendo tanto a pacientes como al personal. Pero además recomendamos mantener hábitos de autocuidado especialmente para la estación que se aproxima.
En este sentido, recordamos y sugerimos el uso de mascarillas a todas las personas que presenten síntomas respiratorios en todos los entornos, además realizar un lavado de manos frecuente con agua y jabón, o con alcohol gel.
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