En ACHS tenemos una responsabilidad como empresa Nº1 en Prevención: velar por el correcto asesoramiento de nuestras instituciones asociadas en materias de seguridad y salud laboral. Por ello, contamos con el servicio de Asesorías en Ergonomía, para incrementar la prevención y apoyar a las empresas que requieran esta prestación.
¿Cuáles son sus características?
Este servicio ACHS de Ergonomía consiste en asesoría técnica en la prevención y control de la aparición de trastornos músculo-esqueléticos.
De esta forma, logramos crear una cultura preventiva y se logran evitar enfermedades o accidentes de origen laboral.
¿Cómo aportamos a las empresas?
Uno de los grandes objetivos de ACHS es construir cultura preventiva en su comunidad de empresas afiliadas, para que se reduzcan las cifras de accidentes y enfermedades laborales. Nuestro
Servicio de Asesoría en Ergonomía apunta a conseguir este objetivo.
¿A quiénes va destinado este servicio?
La Asesoría en Ergonomía ACHS está destinada a todas nuestras empresas afiliadas, con el fin de entregarles todas las herramientas y consejos preventivos para
que lleven a cabo sus labores diarias de forma segura.
¿Cómo solicitar este servicio?
Existen dos formas para solicitar el Servicio de Asesorías en Ergonomía ACHS:
Esta herramienta ayuda a las organizaciones a cumplir de manera simple con una de las obligaciones indicadas en el Decreto Supremo N°44, relacionada con el registro de incidentes o sucesos peligrosos que ocurran en los lugares de trabajo.
En el marco de la implementación del Decreto Supremo N°44, el cual establece que la entidad empleadora debe llevar el registro de todos los incidentes o sucesos peligrosos que ocurran en los lugares de trabajo, presentamos esta herramienta que permite registrar de forma simple cualquier incidente, suceso peligroso y/o suceso que pueda causar daño dentro de la empresa.
Sigue estos pasos:
Además de cumplir con la normativa vigente, usaremos esta información para enfocar nuestros esfuerzos en apoyar la gestión preventiva de las empresas.
Es obligación de los organismos administradores, poner a disposición de las entidades empleadoras una plataforma para el registro de los incidentes. Esto, según lo establecido en artículo 73, numeral 1, Decreto Supremo N° 44/2023 sobre el registro de todos los incidentes o sucesos peligrosos.
Para estar al tanto de todos los detalles del DS N°44, revisa nuestro sitio achs.cl/decreto-44
Las mutualidades de empleadores son fiscalizadas por la Superintendencia de Seguridad Social (www.suseso.cl).
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