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Si vas a contratar adolescentes en tu pyme, protégelos

27/04/2015
Si vas a contratar adolescentes en tu pyme, protégelos

En nuestro país, hay más de 219.000 niños en situación de trabajo infantil y existen muchas personas que no lo ven o no quieren verlo. La Ley indica que los menores de 15 años no pueden ejercer ningún tipo de tarea remunerada, no así los adolescentes mayores de 15 y menores de 18 años. Ellos pueden hacerlo, pero se exige al empleador que cumpla con varios aspectos. Conócelos aquí:

Al firmar el contrato:

• Se debe verificar que el adolescente esté cursando enseñanza media o básica, o que culminó sus estudios.
• Obligatoriamente se debe dejar registro en la Inspección Comunal del Trabajo respectiva.
• Se requiere una autorización de parte de los padres, tutores o instituciones a cargo del menor. A falta de todo lo anterior, es el Inspector del Trabajo respectivo quien debe formular la autorización.

Al definir las labores:

Los adolescentes menores de 18 años no pueden realizan labores que:
• Se desarrollen a la intemperie sin la debida protección o en condiciones de aislamiento.
• Impliquen poner en riesgo la salud mental del menor, tales como tareas repetitivas con apremio de tiempo y de alta exigencia.
• Se desarrollen en espacios donde no existen las condiciones sanitarias básicas adecuadas, o las medidas de higiene y seguridad necesarias.

Al determinar la jornada laboral:

• Los adolescentes no podrán desarrollar labores por más de 30 horas semanales durante el período escolar. Es decir, no pueden trabajar más de 8 horas diarias.
• En ningún caso, el trabajo puede entorpecer o impedir que un adolescente asista normalmente a su lugar de estudios.
• No pueden desarrollar labores nocturnas.

Diez claves para una correcta relación laboral entre una empresa y un adolescente

Estas diez acciones contienen ideas sencillas y posibles de ejecutar dentro de una Pyme para lograr la correcta integración de los adolescentes:
1. Conocer en profundidad la ley Nº 20.189 que norma el trabajo de personas mayores de 15 y menores de 18 años de edad.
2. Evaluar la realidad de la empresa, es decir, preguntarse si se está empleando a menores y en qué condiciones. Hacer una tabla con el número de adolescentes trabajando y qué requisitos consideró la empresa para contratarlos.
3. Promover la asistencia a la escuela de los trabajadores jóvenes mediante acciones concretas.
4. Incentivar un contexto de desarrollo. Que los adolescentes disfruten del trabajo, con un entorno laboral agradable, buenas relaciones entre compañeros y redes de apoyo social.
5. Dejar de lado las relaciones de autoridad y subordinación para tener una actitud de acompañamiento con el menor.
6. Apoyar correctamente a los adolescentes que trabajen en la Pyme, demostrando empatía y un ejemplo positivo.
7. Integrar a la familia del joven, ya que ésta es uno de los ejes de influencia y formación más importantes para él.
8. Proporcionar todo lo necesario para que el adolescente pueda desempeñarse seguro en su lugar de trabajo. La seguridad y salud ocupacional son indispensables.
9. Mantener un compromiso de conducta ética para que las condiciones sean adecuadas para la relación laboral.
10. Compartir el manual “Crecer Protegido” para que se difunda la información necesaria para acabar con las malas prácticas a la hora de tratar a los jóvenes en el trabajo.
Erradicar el trabajo infantil y las malas prácticas que afectan a los adolescentes trabajadores, es tarea de todos.
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